Niño viendo a sus padres discutir, ilustrando la necesidad del Fondo de garantía de alimentos por impago de pensión de alimentos

Impago de pensión de alimentos: Todo lo necesario sobre el adelanto de hasta 100€ por hijo del Fondo de Garantía de Alimentos.

¿Ha pasado un tiempo considerable desde que tu ex pareja dejó de pagar la pensión que fue establecida por una sentencia firme? ¿Este impago de pensión de alimentos está causando un daño significativo a la situación de tus hijos, dejándolos en una posición de vulnerabilidad?

Cuando nos enfrentamos a situaciones de impago de pensiones de alimentos, la preocupación principal suele ser el bienestar de los hijos que dependen de esos recursos para su subsistencia. El fondo de garantía de alimentos por impago de pensiones es una herramienta fundamental para proteger estos derechos. En este artículo, explicaremos en detalle qué es, cómo funciona y quiénes pueden beneficiarse de este fondo.

¿Qué es el Fondo de Garantía de Alimentos por impago de pensiones?

El fondo de garantía de alimentos por impago de pensiones es una iniciativa del gobierno, Ley 42/2006, de 28 de diciembre, y regulado por el Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre destinada a asegurar que los hijos menores de edad (o mayores de edad con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%) no se vean desprotegidos cuando el progenitor responsable de pagar la pensión de alimentos incumple con sus obligaciones. Este fondo tiene como objetivo principal garantizar el derecho a la alimentación, a la educación y, en general, al bienestar de los menores.

Este mecanismo permite que, en caso de que exista un impago de pensión de alimentos, el Estado intervenga para cubrir parte de la pensión no pagada, hasta un límite establecido por la ley (100 € / mes por hijo). Posteriormente, el Estado reclamará al progenitor deudor la cantidad abonada, actuando así en defensa de los derechos de los menores.

¿Cómo Funciona el Fondo de Garantía de Alimentos por impago de Pensiones?

Para que una persona pueda acceder a los recursos del fondo de garantía de alimentos por impago de pensiones, es necesario cumplir con ciertos requisitos legales, como que los ingresos no superen 1.5 veces el IPREM para el primer hijo y 0.25 veces para los segundos hijos y posteriores. A continuación, se detallan los pasos básicos para poder beneficiarse de este fondo:

  1. Demanda de Pensión de Alimentos: Para que se pueda activar este fondo, es imprescindible que exista una sentencia judicial firme que establezca la obligación del pago de la pensión de alimentos por parte del progenitor deudor.
  2. Constancia del Impago: El beneficiario debe demostrar que se ha producido un impago de la pensión de alimentos. Para esto, usualmente se requiere que el impago sea continuado por un período mínimo, que suele ser de dos meses consecutivos o cuatro meses alternos.
  3. Solicitud al Fondo de Garantía: Una vez cumplidos los requisitos anteriores, se puede presentar una solicitud ante el fondo de garantía de alimentos. Esta solicitud debe ir acompañada de la sentencia judicial que establece la pensión y de la documentación que acredita el impago.
  4. Evaluación y Pago: El fondo evaluará la solicitud y, de cumplir con los requisitos, se procederá al pago de una cantidad mensual, que puede variar dependiendo de la legislación vigente y de la situación económica del beneficiario.
  5. Reclamación al Deudor: El Estado se encargará de reclamar al progenitor deudor las cantidades abonadas en concepto de pensión de alimentos. En muchos casos, se pueden iniciar procesos de embargo de bienes o de salario para recuperar lo pagado.
Foto de dos niños cabibajos representando la importancia del fondo de Garantía de Alimentos por Impago de Pensiones
El Fondo de Garantía de Alimentos por Impago de Pensiones es fundamental para prevenir la vulnerabilidad social de los menores sobrevenida por un divorcio

¿Quiénes Pueden Acceder al Fondo de Garantía de Alimentos?

No todas las personas que sufren un impago de pensión de alimentos pueden acceder automáticamente al fondo de garantía de alimentos. Es fundamental que se cumplan ciertos criterios establecidos por la ley. A continuación, se detallan los requisitos principales:

  • Menores de Edad e hijos con discapacidad: El fondo está destinado principalmente a proteger a los menores de edad, o mayores de edad con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%, que sean beneficiarios de una pensión de alimentos.
  • Sentencia Judicial: Es necesario que exista una sentencia judicial dictada por tribunales españoles que reconozca el derecho del menor a recibir una pensión de alimentos.
  • Impago Continuado: Como se mencionó anteriormente, el impago debe ser continuado, lo que generalmente se traduce en dos meses consecutivos o cuatro meses alternos de impago.
  • Residencia en España: los beneficiarios deberán de ser españoles o nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, residir legalmente en España y haberlo hecho durante cinco años (de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.).

Es importante destacar que el fondo de garantía de alimentos no cubre la totalidad de la pensión impagada, sino un máximo de 100€ por hijo. Además, la percepción de estos fondos será por un máximo de 18 meses, y deberá de someterse a las actuaciones de comprobación que la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas determine para verificar las condiciones y términos por los que se reconoció el anticipo.

Implicaciones legales del Impago Pensión de Alimentos

El impago de pensión de alimentos tiene serias implicaciones legales, tanto para el progenitor deudor como para el beneficiario. A continuación, se examinan algunas de las posibles consecuencias:

  1. Acciones Penales: El impago de pensión de alimentos es considerado un delito, especialmente si se demuestra que el progenitor deudor tiene capacidad económica para pagar y no lo hace de manera intencionada. Las penas pueden incluir multas e incluso prisión.
  2. Embargo de Bienes: Para garantizar el pago de las pensiones atrasadas, se pueden embargar bienes del progenitor deudor, como cuentas bancarias, propiedades o vehículos.
  3. Régimen de Visitas: Si se produce un impago de pensión de alimentos por parte del progenitor no custodio, por el motivo que sea, en ningún caso se puede entorpecer ni impedir el cumplimiento del régimen de visitas, ya que la supresión o modificación del régimen de visitas sólo puede producirse mediante resolución judicial.
  4. Afectación de la Relación Familiar: Más allá de las consecuencias legales, el impago de pensión de alimentos puede generar conflictos familiares graves, afectando la relación entre el progenitor deudor y sus hijos.
Hombre detenido representando una de las consecuencias del Impago de Pensión de Alimentos
El Impago de Pensión de Alimentos puede conllevar, entre sus consecuencias más graves, la condena a pena de prisión del progenitor

El Proceso de Reclamo en Caso de Impago de Pensión de Alimentos

El proceso para reclamar una pensión de alimentos impagada puede ser complejo, pero es crucial para garantizar los derechos de tus hijos. A continuación, te describimos los pasos clave para llevar a cabo este proceso:

Uso del Fondo de Garantía de Alimentos

Mientras se resuelve la demanda, es posible solicitar el acceso al fondo de garantía de alimentos para mitigar el impacto del impago en el menor.

Recolección de Evidencias

Es vital documentar todos los impagos, así como cualquier comunicación con el progenitor deudor. Esto puede incluir extractos bancarios, mensajes de texto, correos electrónicos, entre otros.

Consulta con un Abogado

Dado que el proceso legal puede ser complicado, es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho de familia. En Egalia Abogados te podemos asesorar sobre las mejores estrategias para reclamar los pagos adeudados a tu expareja.

Interposición de una Demanda

Si el progenitor deudor continúa sin pagar, se puede presentar una demanda ante los tribunales para exigir el cumplimiento de la obligación de pago. En esta demanda, se pueden solicitar medidas cautelares como el embargo de bienes.

Documentación a presentar junto a la solicitud de anticipo al Fondo de Garantía de Alimentos por impago de pensiones

Junto a la solicitud se deberá de presentar la siguiente documentación:

  • Testimonio (copia emitida por el juzgado) del convenio judicialmente aprobado o de la resolución judicial que declare el derecho a alimentos.
  • Testimonio (copia emitida por el juzgado) de haber instado la ejecución de la resolución que declare el derecho a alimentos.
  • Certificación expedida por el Secretario Judicial que acredite el resultado infructuoso de la ejecución, al no haberse obtenido el pago de los alimentos ni haberse trabado embargo sobre bienes propiedad del ejecutado (Este documento no es necesario aportarlo si la persona que ostenta la guarda y custodia es víctima de violencia de género, o si los ingresos de la unidad familiar no superan el IPREM cuando hubiera un solo hijo con derecho a alimentos, incrementándose dicha cuantía en 0,25 puntos por cada hijo menor, a partir del primero, que forme parte de la unidad familiar).
  • Libro de familia en el que figuren los menores o discapacitados beneficiarios del anticipo, o certificados de nacimiento de los mismos expedido por el Registro Civil.

Cabe resaltar que en ciertos casos puede que sea necesario presentar documentación adicional (mayores con discapacidad, violencia de genero etc.) Te recomendamos, dado que se trata de un proceso bastante complejo, que antes de nada solicites asesoramiento de un abogado especializado en la materia.

Preguntas Frecuentes sobre el Impago de Pensión de Alimentos y El Fondo de Garantía

¿Qué es el Fondo de Garantía de Pensión de Alimentos por impago de pensiones?

Es un fondo que se creó en el año 2006 para proteger el supremo interés de los menores, y de los hijos mayores con una discapacidad igual o superior al 65%, frente al impago de pensión de alimentos.

¿Qué requisitos económicos se tienen que cumplir para acceder al Fondo de Garantía de Pensión de Alimentos?

Para poder acceder al Fondo de Garantía de Pensión de Alimentos, los ingresos no deberán superar 1.5 veces el IPREM para el primer hijo y 0.25 veces para los segundos hijos y posteriores. Así mismo, los hijos deberán de ser españoles o nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, residir legalmente en España y haberlo hecho durante cinco años (de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.)

¿El Fondo de Garantía cubre la totalidad de la pensión impagada?

No, el fondo cubre 100 euros mensuales (salvo que la resolución judicial fije una cuantía inferior) por menor o hijo mayor con discapacidad igual o superior al 60%, durante un periodo máximo de 18 meses.

¿Cuánto tiempo se tarda en recibir ayuda del fondo de garantía de alimentos?

El tiempo puede variar, pero una vez presentada la solicitud con toda la documentación correcta, el plazo máximo será entre dos y tres meses, siendo más corto si se cumplen los requisitos para tramitarlo por el procedimiento de urgencia, esto es, en aquellos casos que se acredite urgente necesidad.

¿Puedo reclamar el impago de pensión de alimentos si el deudor está en el extranjero?

Sí, aunque el proceso puede ser algo más complicado, existen acuerdos internacionales para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, por lo que los beneficiarios podrán podrán, en cualquier momento del procedimiento, reclamar el pago de alimentos, independientemente del país de residencia del deudor.

¿Qué pasa si el progenitor deudor paga la pensión después de haber solicitado el fondo de garantía?

En ese caso, se debe notificar al fondo en un plazo no superior a 30 días para ajustar los pagos y evitar reclamaciones indebidas por parte del Estado.

¿Puedo solicitar el fondo de garantía si el progenitor deudor paga solo parte de la pensión?

Sí, si el pago es inferior a la cantidad establecida en la sentencia, se puede solicitar la diferencia al fondo de garantía, siempre que se cumplan los demás requisitos mencionados anteriormente.

El el siguiente vídeo, nuestro compañero Vicente Cuesta, especialista en Derecho de Familia, te cuenta todos los detalles sobre el fondo de garantía de pensión de alimentos:

El este vídeo, nuestro compañero Vicente Cuesta te cuenta todos los detalles sobre el fondo de garantía de pensión de alimentos

Conclusión; Como actuar en caso e impago de pensión de alimentos.

El fondo de garantía de alimentos por impago de pensiones es un recurso esencial para proteger a los menores (o mayores de edad con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%) cuando un progenitor incumple con su obligación de pagar la pensión de alimentos. Conocer cómo funciona este mecanismo, quiénes pueden acceder a él y qué implicaciones legales tiene el impago es crucial para tomar decisiones informadas y proteger los derechos de los más vulnerables.

En caso de que te encuentres ante una situación de impago, te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros lo antes posible. Nuestros especialistas te asesorarán de la mejor manera sobre como proceder para reclamar sobre el impago de pensión de alimentos y sobre la posibilidad de acceder al Fondo de Garantía de Pensión de Alimentos

Publicaciones Similares